lunes, 15 de marzo de 2021

¿Es la pandemia un "acto de Dios"?

Si deseas vivir bien, 
honra a Dios guardando sus mandatos. 
Elegir un estilo de vida descuidado 
no tendrá buen final. 

 Proverbios 19:16 (paráfrasis) 

Uno de los problemas que advierten los economistas con la situación del COVID-19 es el incumplimiento de contratos; tanto empresarios como empleados, pueden incurrir en falta ya que en muchos casos hay una imposibilidad superior, medidas sanitarias y todo lo que envuelve la actualidad. 
Los americanos usan un término “acto de Dios” que sirve para excusar a las partes de cancelar multas millonarias, seguros o indemnizaciones; se aplica cuando las fuerzas de la naturaleza, como inundaciones, tornados, terremotos, son tan graves que sus efectos no pueden prevenirse al momento de contraer un compromiso. 

En el código chileno se denomina razones de “fuerza mayor” (Ver: Código del Trabajo, artículo 159 N°6 ; Dictamen 1922/034 del 20/04/2015) 

¿Es la pandemia del coronavirus un “acto de Dios” como para abandonar nuestros compromisos? 
El Minsal nos ha secuestrado las reuniones presenciales pero no puede impedir que nuestros tratos con Dios sigan vigentes. 
Hemos hecho un acuerdo de amarlo por sobre las eventualidades ¿cómo podríamos incumplir si Él nos ha mostrado un cuidado permanente? 
Cada día nos ha suministrado pan en nuestra mesa, paz en tiempos de incertidumbre, gracia para vivir en medio de la contaminación; su Presencia por las noches ha vigilado el sueño de cada uno de tal manera que por la mañana podemos disfrutar un día nuevo ¿cómo podríamos olvidar sus múltiples beneficios?
"...honra a Dios guardando sus mandatos", nos pide el proverbista. 
Su fidelidad permanece intacta. Que se diga de la nuestra lo mismo.

***



Para leer sobre la ley:



No hay comentarios:

Publicar un comentario